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Ayudas y Subvenciones Vigentes:

Orden ITC/1231/2010, de 6 de mayo, por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería sostenible, a la exploración e investigación geológico-minera y a la mejora de la productividad de las actividades mineras no energéticas. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (BOE número 118 de 14/5/2010)

Colectivo: Empresas públicas o privadas, las agrupaciones de dichas empresas y las instituciones sin ánimo de lucro. Dichas empresas y/o agrupaciones de las mismas deberán ser titulares del aprovechamiento del dominio minero objeto del proyecto en cualquiera de las formas contempladas en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas. Asimismo, será necesario que las empresas no ejerzan su actividad en el sector del carbón según se define en el Reglamento (CE) n.º 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.

Fecha Vigencia: Hasta 31/12/2013.

Plazo Resolución: Seis meses contados desde el día siguiente a la entrega de la correspondiente solicitud.

Descripción del Procedimiento: Concesión de ayudas a la prevención de riesgos y seguridad minera en el ámbito de una minería sostenible, a la exploración e investigación geológico-minera y a la mejora de la productividad de las actividades mineras no energéticas.

Beneficiarios: Las empresas y/o agrupaciones de las mismas deberán ser titulares del aprovechamiento del dominio minero objeto del proyecto en cualquiera de las formas contempladas en la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas. Asimismo, será necesario que las empresas no ejerzan su actividad en el sector del carbón según se define en el Reglamento (CE) nº 1407/2002 del Consejo, de 23 de julio de 2002, sobre las ayudas estatales a la industria del carbón.

Si se trata de instituciones sin ánimo de lucro no será necesario que sean titulares de un dominio minero, si bien deberán tener un interés legítimo relacionado con la actividad minera. Tampoco deberán ejercer una actividad económica ofreciendo bienes o servicios en un mercado determinado, salvo que dispongan de contabilidad separada para las actividades económicas y las subvencionadas.

Lugar de Presentación: Secretario de Estado de Energía, en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Paseo de la Castellana, número 162- 28071 Madrid)

En el caso de solitud con firma digital: https://sede.mityc.gob.es o a través del portal de ayudas http://www.minetur.gob.es/portalayudas/Paginas/index.aspx

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